Jersey City Abogados de Discriminación Laboral

Somos un equipo de abogados altamente calificados en lesiones personales, compensación laboral, inmigración, defensa penal, derecho de familia y derecho comercial. Si tiene un problema legal en Nueva Jersey, podemos ayudarle. Llámenos hoy mismo para una primera consulta telefónica gratuita.

Jersey City Abogados de Discriminación Laboral

Estados Unidos se fundó sobre el principio de igualdad, y las leyes de derechos civiles aprobadas en la segunda mitad del siglo XX garantizaron la igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo. Según las leyes estatales y federales, los empresarios no pueden discriminar a los trabajadores por varias clasificaciones.

Los trabajadores que sufren discriminación en el lugar de trabajo pueden no ganar tanto o no recibir el mismo nivel de formación y promoción que sus compañeros. Incluso pueden sufrir hostilidad, acoso, intimidación y represalias.

Garces, Grabler & LeBrocq tiene décadas de experiencia representando a trabajadores que han sufrido trato discriminatorio. Nuestros abogados especializados en discriminación en el lugar de trabajo de Jersey City presentan demandas por discriminación en el lugar de trabajo para ayudarle a obtener una indemnización por discriminación. Pero también pueden buscar soluciones para impedir que su empleador continúe con sus políticas discriminatorias.

¿Qué es la discriminación laboral?

La discriminación laboral se produce cuando su empleador le trata de forma diferente basándose en una «clasificación sospechosa». Estas clasificaciones se denominan «sospechosas» porque es probable que cualquier diferenciación basada en ellas se base en estereotipos y no en el individuo:

  • Cualificaciones
  • Experiencia
  • Mérito
  • Conocimientos
  • Habilidad

Por ejemplo, supongamos que un empresario tiene un centro de llamadas para prestar asistencia técnica. La empresa no puede tener una política contraria a la contratación de personas de una determinada raza porque crea que no hablarán inglés lo suficientemente bien como para ayudar a los clientes por teléfono.

En lugar de basar las prácticas de contratación en este estereotipo, el empresario debería utilizar entrevistas y pruebas para determinar el dominio del idioma.

Las clasificaciones de sospechosos contempladas en la legislación estatal y federal incluyen las siguientes:

La ley no contiene líneas claras para definir la raza. La discriminación racial puede producirse por:

  • Herencia
  • Origen étnico
  • Ancestros
  • Genética
  • Aspecto
  • Color de pelo
  • Color de la piel

La discriminación racial puede ser clara cuando se basa en categorías raciales familiares como blanco, negro o latino. No está tan claro cuando se basa en categorías más representativas de una religión, como la judía, o de un origen nacional, como la irlandesa. Afortunadamente, las leyes de derechos civiles cubren también la discriminación por estos motivos.

El origen nacional se ha convertido en un importante motivo de reclamación por discriminación en el lugar de trabajo. Discriminar a alguien por ser «mexicano» sin discriminar a los «mexicano-americanos» es una forma de discriminación por origen nacional porque señala a los mexicanos debido a su origen nacional. Del mismo modo, discriminar a los hispanohablantes sin discriminar a todos los latinoamericanos es una forma de discriminación por origen nacional.

La prohibición de la discriminación por origen nacional amplía el ámbito de aplicación de las leyes de derechos civiles para abarcar acciones basadas en características inmutables que podrían no encajar perfectamente en la definición de raza. Por ejemplo, su país de origen o el de sus antepasados, su lengua materna o su etnia.

El color en el contexto de las leyes de derechos civiles depende totalmente de la apariencia. Por ejemplo, los polinesios de piel oscura pueden discriminar a los de piel clara. Este tipo de discriminación no corresponde a la raza ni al origen nacional. En cambio, se basa totalmente en el color.

La extranjería se refiere a la ciudadanía o estatus de inmigración de una persona. A efectos de empleo, los empresarios deben negarse a contratar a cualquier persona que no tenga derecho legal a trabajar en Estados Unidos. Esto significa que un empresario puede negar el empleo a titulares de ciertos tipos de visados, así como a inmigrantes indocumentados.

Los empresarios no pueden discriminar por motivos de extranjería entre las personas legalmente autorizadas a trabajar. Esto significa que no pueden favorecer a ninguno de estos grupos en detrimento de otros:

  • Ciudadanos nacidos naturalmente
  • Ciudadanos naturalizados
  • Residentes permanentes, también llamados titulares de la tarjeta verde.
  • Titulares de visados de trabajo

En muchos casos, la extranjería actúa como sustituto de la raza o el origen nacional. Al prohibir la discriminación por motivos de extranjería, las leyes de derechos civiles impiden a los empresarios eludir otras formas de discriminación prohibidas.

Los empresarios no pueden discriminar por motivos de religión o creencias religiosas. Recuerde que la identidad de la persona que discrimina no importa. Un empleador católico que se niega a contratar a católicos ha violado las leyes de derechos civiles.

Los empresarios no pueden discriminar por razón de sexo. Aunque el sexo incluye el género, también es más amplio que el mero género. Incluye la preferencia sexual. También cubre características que afectan sólo a un sexo, como el embarazo.

Los empresarios que tengan requisitos físicos legítimos para el puesto pueden someter a pruebas a los solicitantes. Sin embargo, no pueden crear requisitos físicos falsos para excluir a las candidatas. Tampoco pueden discriminar al realizar las pruebas.

Esto significa que un cuerpo de bomberos puede exigir a todos los aspirantes que levanten 200 libras y eliminar a cualquiera que no pueda cumplir este requisito. Este requisito podría eliminar de forma desproporcionada a las mujeres. Sin embargo, el cuerpo de bomberos no violará las leyes de derechos civiles mientras exija uniformemente las pruebas y elimine a todos los que suspendan, independientemente de su sexo.

La discriminación por discapacidad procede de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). Esta ley de derechos civiles se aprobó en 1990, mucho después de las Leyes de Derechos Civiles originales.

Esta ley es diferente de las prohibiciones categóricas aplicadas a otras clasificaciones. En virtud de la ADA, el empresario está obligado a adaptarse razonablemente a la discapacidad de la persona, a menos que ello suponga una carga excesiva para la empresa.

Algunos ejemplos de ajustes razonables son la construcción de rampas para sillas de ruedas, la admisión de animales de servicio y la compra de programas informáticos de ayuda para leer textos a trabajadores con deficiencias visuales.

Los empresarios tienen algunas restricciones a la discriminación por edad basadas en la Ley de Discriminación por Edad en el Empleo (ADEA) de 1967. Sin embargo, al igual que la discriminación por discapacidad, las restricciones de la ADEA no son categóricas.

Los empresarios no pueden discriminar a ninguna persona de 40 años o más por su edad. Esto significa que los empresarios no pueden aplicar condiciones o privilegios diferentes a los trabajadores menores de 40 años que a los mayores de esa edad.

La ADEA no prohíbe la discriminación de los trabajadores jóvenes. Por ejemplo, una empresa puede tener una restricción categórica contra la contratación de conductores de reparto menores de 25 años. Pero la empresa no puede tener una restricción categórica contra la contratación de cajeras mayores de 60 años. Una de las prácticas comunes eliminadas por la ADEA era la inclusión de la edad como cualificación en las listas de empleo.

Otra práctica común prohibida por la ADEA es la edad de jubilación obligatoria. Las empresas no pueden obligar a los trabajadores a jubilarse a una edad determinada. En lugar de estereotipar basándose en la edad del empleado, deben demostrar que éste ya no puede realizar el trabajo.

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Tipos de discriminación laboral en Jersey City

Las leyes de derechos civiles prohíben la discriminación en el lugar de trabajo. Los casos de discriminación laboral se dividen en tres grandes tipos:

Negar la igualdad de oportunidades

Los empresarios no pueden tomar ninguna medida que afecte a las condiciones o prestaciones de empleo basadas en clasificaciones prohibidas. Algunas acciones que un empresario no puede realizar de forma discriminatoria son las siguientes:

  • Contratación
  • Despedir y despedir
  • Formación
  • Promoción
  • Aumento de la remuneración
  • Proporcionar prestaciones complementarias como seguros
  • Asignación de tareas

Su empresario puede ser responsable de este tipo de discriminación, independientemente de su intención. No importa si discriminan porque favorecen a un grupo o desfavorecen a otro. El único hecho relevante es que se favoreció a un grupo en detrimento del otro, que los grupos se definieron sobre la base de una clasificación prohibida y que se tomaron medidas contra usted por pertenecer a uno de los grupos.

Por ejemplo, supongamos que usted es un vendedor negro de una empresa farmacéutica. Tu jefe envía a todos los vendedores blancos, incluidos los que tienen menos experiencia que tú, a cursos de formación en ventas. El empresario le deniega el ascenso porque no ha completado el curso de formación.

Las razones de su empleador para tomar estas medidas son irrelevantes. El hecho relevante es que tu situación laboral tiene menos oportunidades y que la única razón de esta diferencia es tu raza.

Crear un entorno de trabajo hostil

La segunda forma de discriminación se produce cuando el empresario crea un entorno de trabajo hostil. Esto significa que está sometido a abusos, intimidación, acoso o represalias tan intensos y generalizados que se convierten en una condición de su empleo.

Para demostrar la discriminación en el lugar de trabajo, debemos probar que usted fue objeto de hostilidad debido a su pertenencia a una clase protegida. También debemos demostrar que la hostilidad fue más allá de unos pocos comentarios o bromas. Y lo que es más importante, debemos demostrar que su empleador creó el entorno o no hizo nada para impedirlo tras conocerlo.

Por ejemplo, supongamos que un supervisor de turno siempre sanciona a los trabajadores hispanohablantes por infracciones y les intimida insultándoles y pegando memes racistas en las puertas de sus taquillas.

Si nadie denuncia las acciones, el empresario puede alegar que el supervisor se ha pasado de la raya. Pero si alguien los denuncia y el empresario no hace nada por corregir los problemas, el empresario puede haber contribuido al ambiente de trabajo hostil por inacción.

Un término que puede oír en los casos de entorno laboral hostil es «quid pro quo». Aunque el quid pro quo puede contribuir a crear un entorno de trabajo hostil, no es necesario que se produzca para que exista un caso de discriminación.

Por ejemplo, en un caso clásico de acoso sexual, el acosador puede amenazar con hacer descarrilar la carrera de la víctima si no accede a una cita o a una relación sexual. Este intercambio de «algo por algo» pretende presionar al empleado utilizando el miedo.

Al basarse en el sexo del empleado, la ley prohíbe este tipo de quid pro quo.

Pero el quid pro quo es sólo un tipo de hostilidad que puede calificarse de discriminación. El acoso sexual generalizado, por sí mismo, bastaría para crear un entorno de trabajo hostil sin ninguna contrapartida o amenaza de contrapartida.

Represalias

El tercer tipo de reclamación se refiere a las represalias. En este tipo de reclamación, el empleado no sufre discriminación por motivos de raza, sexo u otra característica inmutable. En cambio, el empresario discrimina al empleado por ayudar a otro trabajador en su demanda por discriminación.

Por ejemplo, un empresario puede despedir a un empleado varón que haya testificado en apoyo del caso de acoso sexual de una empleada.

Comprender la discriminación en el lugar de trabajo o por parte del empleador

Para comprender la discriminación en el lugar de trabajo y por parte del empresario, hay que remontarse a la razón de ser de las leyes de derechos civiles. La igualdad en Estados Unidos significa igualdad de oportunidades. Las leyes no prometen el éxito a nadie. En su lugar, prometen que todo el mundo tendrá las mismas oportunidades para triunfar, y si las aprovechan al máximo, podrán tener éxito como cualquier otra persona.

La legislación de Nueva Jersey va incluso más allá que la federal a la hora de garantizar la igualdad de condiciones. Además de la raza, el color, la nacionalidad, el sexo, la edad, la religión y la discapacidad, los empresarios del Estado tampoco pueden discriminar por:

  • Credo
  • Nacionalidad
  • Ancestros
  • Situación familiar
  • Estado civil/unión civil
  • Situación de pareja de hecho
  • Rasgo hereditario celular o sanguíneo atípico
  • Identidad y expresión de género
  • Información genética
  • Responsabilidad por el servicio militar
  • SIDA y VIH

Es importante destacar que su abogado de discriminación en el lugar de trabajo de Jersey City no necesita probar la animadversión para ganar su caso. La discriminación laboral no tiene que ver con el odio, la aversión o el desagrado hacia un grupo concreto. Se trata de la desigualdad de trato de ese grupo. Desde el punto de vista de la ley, retener a un grupo o promover a otro diferente produce el mismo resultado. El objetivo de las leyes contra la discriminación en el empleo, tanto en Nueva Jersey como en EE.UU., es dar a todos las mismas oportunidades de tener éxito de una forma realmente imparcial.

Indemnizaciones a las que puede tener derecho en un caso de discriminación laboral

Antes de interponer una demanda por discriminación en el empleo, debe presentar una denuncia ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Esto abre una investigación por parte de la EEOC. No es necesario que espere hasta que la EEOC finalice su investigación, pero sí que obtenga una Notificación del derecho a demandar si piensa hacerlo antes de que termine la investigación.

Si la EEOC toma cartas en el asunto, es posible que reciba una indemnización, pero los recursos de la EEOC están limitados en función del tamaño de la empresa. La EEOC también puede ordenar a su empresa que ponga fin a sus prácticas discriminatorias y le coloque en el lugar que le correspondería sin sufrir un trato desigual.

El problema de la EEOC es que sólo actúa sobre una pequeña parte de todas las denuncias que recibe. Lo más probable es que la EEOC no preste atención a su caso, aunque sus alegaciones tengan fundamento.

En su lugar, es probable que tenga que interponer una demanda por discriminación laboral. La indemnización que puede solicitar en un caso de discriminación laboral incluye las siguientes categorías.

Indemnización por daños y perjuicios

Los daños y perjuicios compensatorios pretenden situarle en la posición económica que habría tenido de no haber sido discriminado. Estos daños incluyen sus pérdidas de ingresos debidas a lo siguiente:

  • Estar mal pagado
  • No recibir ascensos ni aumentos de sueldo
  • Ser despedido o despedida
  • Ser expulsado de la empresa

Para recuperar este tipo de daños económicos, debe demostrar que fueron causados por la discriminación que sufrió. Por ejemplo, supongamos que su empresa le niega formación y ascensos, pero al final deja el trabajo para cuidar a un familiar enfermo. Lo más probable es que le indemnicen por las pérdidas sufridas mientras estuvo empleado y no por las que sufrió cuando se marchó.

Los daños compensatorios también pueden incluir una indemnización por angustia emocional. Ser tratado injustamente puede hacer que se preocupe, pierda el sueño y se deprima. Estas repercusiones en su calidad de vida podrían tener un valor adicional a las cantidades que gaste en terapia y tratamiento de salud mental.

Daños punitivos

Los daños punitivos son poco frecuentes. Pero los tribunales pueden concederlas para castigar a un empresario por acciones especialmente atroces. Tenemos que demostrar que el caso es extraordinario y no en el buen sentido. Su empleador debe haber hecho algo que otros empleadores no hacen.

La buena noticia es que los daños punitivos pretenden enviar un mensaje a su empleador y a otros empleadores que podrían contemplar hacer lo mismo. Por ello, estos daños suelen ser deliberadamente enormes, para que llamen la atención.

Medidas cautelares

Los requerimientos judiciales son órdenes de un tribunal que obligan al empresario a hacer algo o a abstenerse de hacerlo. Por ejemplo, un tribunal puede ordenar a su antiguo empleador que le readmita o incluso le ascienda. También puede pedir que se modifiquen las prácticas discriminatorias, al menos en la medida en que le afecten a usted.

¿Por qué contratar a GGL?

Desde 1991, Garces, Grabler & LeBrocq ha representado a clientes contra aquellos que les han perjudicado. Preparamos cada caso como si fuera a llegar a juicio, investigando y documentando exhaustivamente las reclamaciones de nuestros clientes. Ningún bufete de abogados nos superará en preparación.

Este enfoque es necesario en un caso de discriminación en el lugar de trabajo en Jersey City. Gran parte de las pruebas de las políticas y prácticas de su empleador estarán en posesión de éste. Los testigos pueden ser reacios a dar un paso al frente. E incluso los que lo hacen pueden ser acusados de exagerar o recordar mal.

Reuniremos las pruebas que convenzan a un juez o a un jurado de la discriminación que ha sufrido. La esperanza es que estas pruebas convenzan a su empleador para resolver el caso de forma rápida y justa en lugar de ir a juicio.

Póngase en contacto con nosotros en línea o llamando al 1-800-923-3456 para hablar de su trato injusto en el trabajo y de los recursos de que puede disponer en virtud de las leyes de Nueva Jersey y de los Estados Unidos.

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